A continuación, compartimos la Columna de Opinión publicada en Revista Capital, en Capital Legal. Esta fue escrita por nuestros abogados asociados, Gerardo Sanz de Undurraga y Esteban Cañas.
La estabilidad del sector energético nacional descansa sobre la base de dos pilares fundamentales: por una parte, la armonía que existe entre tres instituciones de la Administración del Estado (CNE, SEC y Ministerio de Energía) que ejercen sus potestades, los particulares (empresas eléctricas) que llevan a cabo la actividad, y las instancias de autogobierno que coordinan la operación (los CDEC); y, por otra parte, un eficiente sistema de resolución de conflictos (el Panel de Expertos), caracterizado por su eficiencia, prestigio, alta especialización e independencia, ante el cual los abogados especialistas litigan, en defensa de intereses de las empresas.
El Panel de Expertos del sector eléctrico, fue creado por la ley en 2004, de una alta especialidad técnica, que resuelve los conflictos (mediante la emisión de dictámenes, los cuales son verdaderas sentencias) entre empresas eléctricas y entre éstas y los organismos que ejercen potestades en el sector. Es un Tribunal (ejerce jurisdicción), y es independiente e imparcial respecto a los otros clásicos poderes del Estado en la resolución de conflictos. Desde la creación del Panel de Expertos a la fecha se ha producido una evidente pacificación en el sector, reduciéndose notoriamente los conflictos judiciales y dotando de certeza jurídica a todos los intervinientes del mercado eléctrico.
Se está discutiendo en el Congreso un proyecto de ley sobre transmisión eléctrica, que crea un nuevo organismo coordinador independiente (Boletín Nº 10240-08). Fue aprobado en general y particular por la Cámara el 19 de enero de 2016, y se encuentra actualmente cumpliendo el segundo trámite constitucional ante el Senado. En lo relativo a la resolución de conflictos, es preocupante, pues debilita al Panel de Expertos en cuanto a su independencia respecto del poder Ejecutivo.
Debilitan al Panel de Expertos las propuestas del Ejecutivo, por cuanto: en primer lugar, incorpora un efecto relativo a sus dictámenes respecto de los órganos de la Administración quitándole la vinculatorierad que tienen hoy en día, lo que genera un gran impacto negativo en su institucionalidad; en segundo lugar, se añade la facultad del Ministro de Energía de declarar, mediante resolución y sin expresión de plazo, la inaplicabilidad de un dictamen del Panel de Expertos, vulnerándose el principio constitucional de independencia de la jurisdicción; en tercer lugar, le resta materias que bajo la actual normativa le corresponde conocer y resolver entre las distintas empresas que ejercen el autogobierno en el sector.
El menoscabo al Panel de Expertos contenido en este proyecto de ley da cuenta de la intención de evadir los controles jurisdiccionales establecidos para la Administración del Estado, desprotegiendo a los privados y vulnerando incluso la independencia en el ejercicio de la jurisdicción de este órgano, y de un notorio debilitamiento de la eficiencia, efectividad, independencia y seguridad jurídica que existe en el actual sistema de resolución de conflictos en la actividad energética.
Gerardo Sanz de Undurraga
Esteban Cañas Ortega
Abogados asociados Vergara y Cía.
Investigadores Programa de Derecho Administrativo Económico UC