El proyecto de ley sobre transmisión eléctrica y que crea un nuevo organismo coordinador, se encuentra próximo a ser promulgado. Cabe destacar, dentro del conjunto de disposiciones que establecen las normas de tarificación, la inclusión de las economías de ámbito para la valorización de las instalaciones eléctricas.
La inclusión de economías de ámbito, para efectos del cálculo de tarifas por uso de instalaciones eléctricas, contempla la integración vertical de las empresas, cuantificándose sociedades relacionadas. Lo novedoso en la inclusión de este ítem en la tarificación del segmento de transporte, es que en la legislación vigente siempre se considera que la valorización será de las instalaciones eléctricas (es decir, ciertos activos de las empresas), dentro de la unidad de negocio que comprende la transmisión de energía; pero no considera valorizaciones de empresas, y menos en base a una integración corporativa de las mismas.
Por su parte, cuesta incorporar este criterio de valorización-tarificación en la cuantificación de costos en base al concepto de “empresa modelo”, que se sustenta en la necesidad de transformar, teóricamente, un monopolio natural en un mercado competitivo, lo cual supone una desvinculación de las empresas reguladas en relación a su estructura societaria, propiedades, y demás relaciones jurídicas y patrimoniales.
Adicionalmente llama la atención que la valorización en base al criterio de economías de ámbito ha sido rechazado por:
• El Panel de Expertos, que ha sido categórico en que las valorizaciones deben comprender ciertas instalaciones de una sola empresa, las que no pueden abarcar otros activos, ni menos otras empresas relacionadas con la titular de dichas instalaciones (Dictámenes N° 9-2005, N° 5-2006 y N° 14-2009).
• La Contraloría General de la República, en donde en la última propuesta del reglamento de subtransmsión, elaborada por el Ejecutivo, rechazó expresamente el reconocer las sinergias que implicarían la consideración de este criterio (Dictamen N° 26.771, de 2015).
No obstante las inconveniencias anotadas, el proyecto de ley habilita a la Administración del Estado para dictar reglamentos que complementen y pormenoricen la valorización de instalaciones en base a este criterio, teniendo ahora un sustento legal para ello.
Gerardo Sanz de Undurraga
Abogado
Vergara y Cía.
Columna de Opinión publicada el pasado 6 de julio en Editec Electricidad.
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