Vergara y CíaVergara y CíaVergara y CíaVergara y Cía
  • Inicio
  • Quienes Somos
    • Presentación
    • Equipo Jurídico
    • Equipo Administrativo
  • Reconocimientos
    • Chambers & Partners
    • The Legal 500
  • Áreas de Práctica
    • Servicios
    • Experiencia
  • Noticias y Publicaciones
    • Año 2018
    • Año 2017
    • Año 2016
    • Año 2015
    • Año 2014

Columna: «La importancia de que la junta de vigilancia abarque toda una cuenca u hoya hidrográfica»

By Denise Rossel | 2016 | .s are Closed | 26 julio, 2016 | 0

La jurisdicción de las juntas de vigilancia debe abarcar toda la cuenca u hoya hidrográfica, es decir, debe responder al principio de unidad de la corriente.

La importancia de ello radica en que, al momento de distribuir las aguas, es de suma relevancia que la organización encargada de dicha gestión -la junta de vigilancia- tenga presente las distintas realidades que se suscitan a lo largo y ancho de toda la cuenca.

De acuerdo con el actual Código de Aguas, y también según los Códigos de Aguas anteriores (1951 y de 1969), esta es la regla general, es decir que la jurisdicción de las juntas de vigilancia contemple toda la cuenca en la que se encuentran insertas, incluyendo, por tanto, a las aguas subterráneas que formen partes de la misma.

Ahora bien, la regla general antes enunciada -como se ha dicho- no es más que una lógica consecuencia del principio que inspira al actual Código de Aguas, cual es el de la “unidad de la corriente”; que consiste, en síntesis, en que una cuenca u hoya hidrográfica debe ser considerada como una sola unidad, tanto para la constitución y para el ejercicio de derechos de aprovechamiento sobre las aguas que formen parte de la misma, como para el ejercicio de las demás atribuciones de órganos del Estado o de las propias juntas de vigilancia sobre las mismas.

Así, la Dirección General de Aguas, al resolver una solicitud de constitución de derechos de aprovechamiento sobre aguas superficiales, debería determinar la disponibilidad de las mismas considerando al río o estero como un solo todo indivisible.

Análogamente, para determinar la prioridad o preferencia entre el ejercicio de derechos de aprovechamiento permanentes y eventuales, deben tenerse en consideración todos los existentes en el río o estero, de tal manera que los permanentes que hay en sus partes bajas deben preferir a los eventuales existentes en sus partes altas, si el agua disponible no alcanza para satisfacer a todos ellos en su integridad.

Ahora bien, el principio de unidad de la corriente, ha sido correctamente citado en varias sentencias judiciales, las más recientes del pasado 14 de abril, que rechazó la conformación de la Junta de Vigilancia de la Tercera Sección del Río Maipo; y la del 19 de mayo, también del corriente año, que no dio lugar a la formación de la Junta de Vigilancia de la Segunda Sección del mismo Río. El principal argumento que se toma en consideración para rechazar las solicitudes de constitución de dichas juntas de vigilancia, es que, siguiendo el mencionado principio general de unidad de la corriente, no se acreditaron las circunstancias excepcionales que hubieran permitido formarlas en esas secciones.

Por otra parte, entre las ventajas de la existencia de una junta de vigilancia en una cuenca u hoya hidrográfica, es posible mencionar las circunstancias que permite una gestión integrada de todas las aguas que formen parte de la misma; permite la existencia de un procedimiento ágil y expedito de resolución de ciertos conflictos que podrían suscitarse al interior de la misma; entre otras.

Como corolario, es posible señalar que en esta materia, las innovaciones normativas que se introduzcan por ejemplo en el proyecto de reforma del Código de Aguas, así como la evolución jurisprudencial, deberían tender a la aplicación universal del principio de la unidad de la corriente, ello a efectos de que la distribución y administración de las aguas se haga en forma eficiente.

Gonzalo Muñoz Escudero
Vergara y Cía.

Columna publicada el 26 de julio 2016 en
El Mercurio Campo
Ver Aquí

No tags.

Entradas recientes

  • Mercurio Legal: «La Falta de Servicio como factor de atribución de responsabilidad patrimonial de la Administración: un criterio jurisprudencial uniforme durante décadas»
  • Mercurio Legal: Cómputo del plazo para ejercer acciones jurisdiccionales contra actos administrativos: un ejemplo de perplejidad jurisprudencial (Parte III)
  • Alejandro Vergara B. presenta nuevo libro
  • Revista El Campo: «Los Nuevos Flancos Abiertos para el Agua»
  • A. Vergara en El Mercurio Legal: «Dilación indebida en tramitación de procedimientos administrativos: una marea de recursos y criterios uniformes (parte X)»

Archivos

  • diciembre 2022
  • noviembre 2022
  • septiembre 2022
  • agosto 2022
  • julio 2022
  • junio 2022
  • mayo 2022
  • abril 2022
  • marzo 2022
  • febrero 2022
  • enero 2022
  • diciembre 2021
  • noviembre 2021
  • octubre 2021
  • septiembre 2021
  • agosto 2021
  • julio 2021
  • abril 2021
  • febrero 2021
  • enero 2021
  • octubre 2020
  • septiembre 2020
  • julio 2020
  • junio 2020
  • abril 2020
  • marzo 2020
  • febrero 2020
  • diciembre 2019
  • noviembre 2019
  • octubre 2019
  • septiembre 2019
  • agosto 2019
  • julio 2019
  • mayo 2019
  • abril 2019
  • marzo 2019
  • febrero 2019
  • enero 2019
  • diciembre 2018
  • noviembre 2018
  • octubre 2018
  • septiembre 2018
  • agosto 2018
  • julio 2018
  • junio 2018
  • mayo 2018
  • abril 2018
  • marzo 2018
  • febrero 2018
  • enero 2018
  • diciembre 2017
  • noviembre 2017
  • octubre 2017
  • septiembre 2017
  • agosto 2017
  • julio 2017
  • mayo 2017
  • abril 2017
  • marzo 2017
  • febrero 2017
  • enero 2017
  • diciembre 2016
  • noviembre 2016
  • octubre 2016
  • septiembre 2016
  • agosto 2016
  • julio 2016
  • junio 2016
  • mayo 2016
  • abril 2016
  • marzo 2016
  • agosto 2015
  • abril 2015
Apoquindo 3910, piso 10, Las Condes, Santiago de Chile - CP 7550029 | Teléfono: +562-2263 40 40 Vergara & Cia | Todos los Derechos Reservados 2014 |
  • Inicio
  • Quienes Somos
    • Presentación
    • Equipo Jurídico
    • Equipo Administrativo
  • Reconocimientos
    • Chambers & Partners
    • The Legal 500
  • Áreas de Práctica
    • Servicios
    • Experiencia
  • Noticias y Publicaciones
    • Año 2018
    • Año 2017
    • Año 2016
    • Año 2015
    • Año 2014
Vergara y Cía