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Entrevista a Alejandro Vergara: Los Aciertos y las Fallas de la Reforma al Código de Aguas

By Denise Rossel | 2016 | .s are Closed | 30 mayo, 2016 | 0

Especialista plantea que no hay inseguridad respecto de la propiedad de los derechos de aprovechamiento, aunque sí hay aspectos que no se consideran y que son claves, como el establecimiento de tribunales especializados.

El proyecto que modifica el Código de Aguas tiene en vilo a los agricultores, quienes sienten que estaria en peligro su patrimonio ante la posibilidad de perder la propiedad de los derechos de aprovechamiento de aguas que poseen, al establecer que en adelante estos se entregarán como concesiones y por períodos de 30 años. Alegan que esa posibilidad genera inseguridad y se convierte en freno para las inversiones.
Frente al tema del momento en el sector agrícola -además de la reforma laboral-, Alejandro Vergara Blanco, abogado experto en derechos de agua, plantea que siempre es importante revisar las regulaciones, porque las legislaciones quedan escritas y la realidad es evolutiva.
«Hoy, dentro de las regulaciones que se intenta cambiar una es el reconocimiento del derecho humano al agua, que nadie podría negarse a ello, lo importante es que eso se haga sin afectar los derechos existentes, y si es que hay alguna afección, esta sea muy razonada y muy limitada», plantea Vergara, socio del estudio Vergara y Cia., profesor de la Pontificia Universidad Católica y director del Centro de Derecho y Gestión de Aguas.
En su opinión, el proyecto de reforma tiene materias positivas, que enfrentan necesidades regulatorias, hay otras que exhiben gran incoherencia e improvisación y pueden sembrar inseguridad en los titulares de derechos de agua, especialmente los agricultores».
Vergara insiste en que en el diseño de este proyecto faltó un diagnóstico completo y reposado ya que se intenta cambiar políticas que han estado incorporadas en la práctica de los agricultores.
Eso sí, el especialista destaca que el tema de la propiedad de los derechos ya asignados no
debiera generar inquietud.
«Dadas las últimas noticias, en que la aprobación de la modificación de la Constitución no incorporó la eliminación de la garantía constitucional de la propiedad, podemos decir que
no está en los planes, al menos directamente, una caducidad de los derechos de aguas existentes.
Eso sería algo muy difícil en una democracia, porque es alterar casi completamente una de las
garantías más importantes de la libertad que son las titularidades
patrimoniales ode los particulares», señala Vergara.
Encuentra «extraño» el cambio de concesionar por un tiempo los nuevos derechos que se otorguen.
Resalta que la regulación actual no hace diferencia entre derechos inscritos, creados por la administración, y los usos consuetudinarios que hacen agricultores o usuarios indígenas. Ambos tienen protección constitucional. El proyecto originaría un desequilibrio con títulos de primera categoría y otros de segunda.
«Si se llegara a originar esa diferencia, entre los titulares antiguos que tienen propiedad sobre el derecho de agua y los otros que son meros concesionarios, sería muy difícil observar una certeza respecto de quienes quieran obtener esos derechos de aprovechamiento de aguas que quedan sujetos a plazos de vigencia o respecto de los cuales va a haber una inversión de un particular con el riesgo de perder el derecho dentro de unos años».

LOS PENDIENTES
El especialista sostiene que en la propuesta se echa de menos una mirada a materias que se
han quedado sin modificación o regulación.
Por ejemplo, las aguas subterraneas, que están reguladas en forma somera por el código de 1981, ya sea por la falta de conocimientos o también porque el legislador no le presto la atención debida.
«Estas aguas han sido reguladas durante muchos años por actos internos de la Dirección General de Aguas o por un reglamento que ha tomado casi el lugar de una ley», dice.
Propone también un diagnóstico y una modificación o una regulación de los usos consuetudinarios, que son los propios de los agricultores, y de la regularización que se
debieran hacer.
Y finalmente considera que se debieran crear tribunales de aguas como una forma de resolución de conflictos. Destaca que así como se han creado tribunales hiperespecializados en lo eléctrico, en contratación administrativa y en lo ambiental también se pueden crear estos tribunales, que fueron una recomendación que hizo el Banco Mundial, en un informe de 2013, y que han sido planteados también desde el punto de vista académico.
Ellos permitirían generan más certeza entre los usuarios.
«La mayoría de los conflictos en materia de agua, no son entre los regantes en períodos de sequía tan graves como los que hemos tenido en los últimos años … La mayoría se da entre los usuarios individuales o las organizaciones de usuarios contra la Dirección General de Aguas y para ellos podríamos buscar órganos autónomos, muy especializados, o para llevar adelante
políticas de regularización de los derechos de aguas», propone Vergara.

Periodista: ARNALDO GUERRA MARTINEZ
Revista del Campo
El Mercurio
30 de Mayo de 2016
Ver Entrevista Aquí

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