A principios de mayo de este año se publicitó la organización de doce comunidades de aguas subterráneas en la Región de Valparaíso: cinco de ellas corresponden a los subsectores en que se dividió el acuífero del río Petorca, y las siete restantes a los subsectores del acuífero de La Ligua. La formalización de estas entidades se realizó en el marco de un programa de apoyo dirigido por la Dirección General de Aguas (DGA).
Se incrementa así el escaso número de entidades de este tipo en nuestro país. En efecto, de acuerdo al Atlas del Agua Chile 2016, del Ministerio de Obras Públicas (MOP) y la DGA, solo once comunidades de aguas subterráneas se encuentran registradas en el Catastro Publico de Aguas (contabilizándose en esa suma aquella que ejerce jurisdicción en los sectores 5 y 6 del acuífero de Copiapó, que es la primera de su carácter en Chile, y diez en los acuíferos de Petorca y La Ligua, que,según las últimas informaciones, serian en realidad doce).
Sobre este punto, cabe recordar que en la reforma efectuada al Código de Aguas el año 2005 (Ley N°20.017), se explicitó que las aguas subterráneas debían incorporarse al régimen de gestión colectiva establecido por ese texto (diseñado en función de las aguas superficiales). Esto se materializaría a través de la organización de comunidades de aguas subterráneas y de la inclusión de estos aprovechamientos enlas juntas de vigilancia.
En este sentido, y pese a los avances que denota el proceso concretado recientemente en Petorca y La Ligua, puede afirmarse que, habiendo transcurrido más de diez años desde su introducción, la implementación practica de las señaladas modificaciones legales ha estado lejos de ser exitosa: muy pocas comunidades de aguas subterráneas han logrado formalizarse y, hasta donde se tiene conocimiento, ninguna junta de vigilancia estaría administrando y gestionando conjuntamente aguas superficiales y subterráneas.
Varios factores han contribuido a ello, pero el precario estatuto legal de las aguas subterráneas tiene un rol importante en este fracaso. Es de esperar, entonces, que las reformas anunciadas al párrafo de las organizaciones de usuarios del Código de Aguas, y que todavía no han sido oficialmente presentadas, avancen en la dirección correcta en este campo, de modo de saldar, o siquiera contrarrestar, la deuda normativa que hasta hoy se mantiene con las aguas subterráneas.
Daniela Rivera B.
Esta columna fue publicada en El Observador, el 7 de junio de 2016
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